martes, octubre 28, 2025
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COAG celebra la publicación de la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/2026

  • La norma, publicada hoy en el BOE, establece criterios objetivos y transparentes para la retirada de aceite del mercado (cuando las existencias iniciales más la producción superen el 120% de la media de las seis campañas anteriores).
  • La organización agraria destaca la importancia de contar con mecanismos de autorregulación que garanticen la estabilidad del mercado y protejan la rentabilidad del olivar.
  • «La norma es también una herramienta de salud pública: permitirá a los consumidores acceder, a precios asequibles, al producto base de la dieta mediterránea», ha subrayado Francisco Elvira, portavoz del sector de olivar de COAG.

La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) valora positivamente la publicación de hoy en el Boletín Oficial del Estado de la Orden APA/1192/2025, por la que se establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/2026. Esta norma, desarrollada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, supone un avance fundamental para dotar al sector oleícola de herramientas efectivas de autorregulación ante situaciones de sobreoferta que puedan desestabilizar el mercado.

Un instrumento necesario tras cuatro años de espera

Desde COAG celebramos que, tras cuatro años desde la aprobación del Real Decreto 84/2021, el Ministerio haya culminado el desarrollo reglamentario de esta norma. Durante este tiempo, nuestra organización ha solicitado reiteradamente su concreción para que el sector cuente con mecanismos operativos cuando las circunstancias del mercado lo requieran.

Aunque las condiciones actuales no hagan necesaria la activación inmediata de las medidas de retirada, COAG considera imprescindible que esta norma esté plenamente desarrollada y lista para su aplicación. La experiencia de campañas anteriores demuestra que contar con herramientas de autorregulación preparadas es esencial para poder reaccionar con rapidez y eficacia cuando se produzcan situaciones de sobreoferta.

Esta norma permitiría, en caso necesario, activar medidas de estabilización del mercado que evitarían el desplome de precios y, por tanto, la pérdida de rentabilidad para los olivareros. La posibilidad de retirar temporalmente producto del mercado (hasta un máximo del 20% de la producción) es una herramienta estratégica que protege tanto a los productores como al conjunto del sector.

Protección para olivareros y consumidores.

 Desde COAG destacamos que esta norma beneficia tanto a los olivareros como a los consumidores por varias razones fundamentales:

Para los olivareros:

  • Evita que los precios en origen caigan por debajo de los costes de producción, algo expresamente prohibido por la Ley de la Cadena Alimentaria.
  • Garantiza la rentabilidad de las explotaciones olivareras, muchas de ellas pequeñas y medianas y ubicadas en zonas rurales que dependen económicamente del olivar.
  • Proporciona estabilidad y previsibilidad al mercado, permitiendo una planificación más eficaz de las campañas.

Para los consumidores:

  • Preserva la sostenibilidad económica y social de la producción de aceite de oliva virgen extra, un alimento esencial en la dieta mediterránea cuyo valor nutricional ha sido refrendado por centenares de estudios científicos.
  • Garantiza el mantenimiento de un sector productor viable que pueda seguir ofreciendo productos de máxima calidad.
  • Contribuye a evitar desequilibrios de mercado que a medio plazo podrían afectar negativamente al abastecimiento y a la estructura productiva del sector.

Una herramienta de salud pública y de interés general

Como subraya COAG, el aceite de oliva virgen extra no es un producto cualquiera: es un pilar fundamental de la dieta mediterránea, declarada Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO, y sus beneficios para la salud están ampliamente demostrados científicamente. Por tanto, preservar la sostenibilidad de su producción es también una cuestión de salud pública y de interés general.

La norma publicada hoy establece criterios objetivos y transparentes de activación (cuando las existencias iniciales más la producción superen el 120% de la media de las seis campañas anteriores), determina los mecanismos de cálculo del porcentaje de retirada, y fija las obligaciones de almacenamiento para las almazaras. Además, incluye mecanismos de evaluación y seguimiento que permiten ajustar las medidas en función de la evolución real del mercado.

Consenso y participación del sector

COAG valora especialmente que el Ministerio haya dado participación al sector en el proceso de elaboración de esta norma, consultando tanto a las comunidades autónomas como a las organizaciones representativas. Este enfoque participativo es fundamental para garantizar que las medidas sean efectivas y cuenten con el respaldo de todos los actores implicados.

Desde COAG seguiremos trabajando para que esta norma se convierta en una herramienta eficaz al servicio de los olivareros españoles y del conjunto del sector oleícola, uno de los más importantes y estratégicos de nuestro país, que genera empleo, riqueza y cohesión territorial en amplias zonas rurales.

 

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